lunes, 4 de junio de 2012

“La Ley Lleras”, segundo asalto


“La Ley Lleras”, segundo asalto

La ley Lleras 2.0 para implementar el TLC, desató una gran polémica en el ciberespacio. Anonymous y hackers atacaron varios sitios web de congresistas i del gobierno, especial mente al ministro Lleras.
Esto generó que Colombia se convirtiera en el epicentro de discusión mundial. Es necesaria la actualización del régimen de derechos de autor que data desde 1982. Colombia debe actualizar su constitución a la de EE.UU.
Desde que se planteaba el TLC con EE.UU., la web colombiana fue cambiando.
El articulo 13 prohíbe utilizar sitios web que no son de uno para beneficiarse económicamente, pero así sea con un fin pedagógico o critico también  podrá sacarle provecho, dijo el experto en derechos de autor Wilson Ríos.
Sin embargo el artículo 15 no aclaró bien para que casos aplicaría  por lo cual existen causas justificables que se clasifican como ilegales.  
Una de  las consecuencias que se podría generar en la aparición de grupos de abogados que se dediquen a perseguir a personas que quebranten esta norma como sucedió en EE.UU. donde reciben el nombre de copyright trolls.
Este es un debate de carácter mundial que todavía sigue en juego.

Los pros y los contras de la “Ley Lleras”


Los pros y los contras de la “Ley Lleras”

Este tema mencionado mucho en los últimos días se ha mantenido en debate por jóvenes, expertos y empresas prestadoras del servicio de internet.
Desde que el tema entro al senado, presentando la propuesta de la posibilidad de cárcel a quienes piratean a través de la red, especialmente jóvenes han opinado y debatido a través de las redes sociales.
Los jóvenes sienten que la ley es una amenaza al popular hábito de publicar y compartir videos, música y software, sin saber si en realidad si se están violando los derechos del autor o no.
El nombre de esta ley se debe al ministro Germán Vargas Lleras que se ha encargado de defenderla.
Juan Calos Monroy (director de la Dirección Nacional de derechos de autor) asegura que no es un proyecto en contra de los usuarios sino en contra de las personas que se dedican a la piratería.
Los “castigos” aplicarían para quienes publiquen contenidos protegidos con derechos de autor y sin permiso. O personas que alojen en su blog o pagina web un material no autorizado con fines económicos. Para que esto pase se tendría que aprobar el artículo 271 del código penal, que puede cobrar multas desde 26.66 a 1.000 salarios mínimos por delitos de derecho de autor.
 Si se aprobase esta ley el encargado de denunciar seria el mismo autor ante la compañía de servicios de internet, el proveedor tendría 72 horas para realizar el trámite, si esto no es así se acudirá al sistema judicial.