jueves, 21 de junio de 2012
lunes, 4 de junio de 2012
“La Ley Lleras”, segundo asalto
“La
Ley Lleras”, segundo asalto
La ley Lleras 2.0 para
implementar el TLC, desató una gran polémica en el ciberespacio. Anonymous y
hackers atacaron varios sitios web de congresistas i del gobierno, especial
mente al ministro Lleras.
Esto generó que Colombia se
convirtiera en el epicentro de discusión mundial. Es necesaria la actualización
del régimen de derechos de autor que data desde 1982. Colombia debe actualizar
su constitución a la de EE.UU.
Desde que se planteaba el TLC con
EE.UU., la web colombiana fue cambiando.
El articulo 13 prohíbe utilizar
sitios web que no son de uno para beneficiarse económicamente, pero así sea con
un fin pedagógico o critico también podrá
sacarle provecho, dijo el experto en derechos de autor Wilson Ríos.
Sin embargo el artículo 15 no
aclaró bien para que casos aplicaría por
lo cual existen causas justificables que se clasifican como ilegales.
Una de las consecuencias que se podría generar en la
aparición de grupos de abogados que se dediquen a perseguir a personas que
quebranten esta norma como sucedió en EE.UU. donde reciben el nombre de copyright trolls.
Este es un debate de carácter mundial
que todavía sigue en juego.
Los pros y los contras de la “Ley Lleras”
Los
pros y los contras de la “Ley Lleras”
Este tema mencionado mucho en los
últimos días se ha mantenido en debate por jóvenes, expertos y empresas
prestadoras del servicio de internet.
Desde que el tema entro al
senado, presentando la propuesta de la posibilidad de cárcel a quienes piratean
a través de la red, especialmente jóvenes han opinado y debatido a través de
las redes sociales.
Los jóvenes sienten que la ley es
una amenaza al popular hábito de publicar y compartir videos, música y software,
sin saber si en realidad si se están violando los derechos del autor o no.
El nombre de esta ley se debe al
ministro Germán Vargas Lleras que se ha encargado de defenderla.
Juan Calos Monroy (director de la
Dirección Nacional de derechos de autor) asegura que no es un proyecto en
contra de los usuarios sino en contra de las personas que se dedican a la piratería.
Los “castigos” aplicarían para
quienes publiquen contenidos protegidos con derechos de autor y sin permiso. O personas
que alojen en su blog o pagina web un material no autorizado con fines económicos.
Para que esto pase se tendría que aprobar el artículo 271 del código penal, que
puede cobrar multas desde 26.66 a 1.000 salarios mínimos por delitos de derecho
de autor.
Si se aprobase esta ley el encargado de
denunciar seria el mismo autor ante la compañía de servicios de internet, el
proveedor tendría 72 horas para realizar el trámite, si esto no es así se acudirá
al sistema judicial.
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